Si bien a muchas parejas les puede producir desconfianza, la realidad es que preparar un acuerdo prematrimonial a tiempo, puede salvar numerosas controversias futuras y evitar procedimientos contenciosos que nadie desea.
Un acuerdo prematrimonial es, como su propio nombre indica, un acuerdo alcanzado entre los futuros cónyuges antes de contraer matrimonio. En el mismo se van a reflejar una serie de acuerdos que, o bien pueden servir para regir el propio matrimonio, o puede también reflejar pactos para el supuesto de que se produzca la separación o el divorcio de la pareja.
Los mismos pactos se pueden llevar a cabo durante el matrimonio, pasando a denominarse directamente “acuerdo matrimonial”.
Puede parecer un documento sencillo. No obstante, recomendamos siempre contar con la ayuda de un abogado de manera que el acuerdo que se firme, refleje fielmente la voluntad de las partes evitando malas interpretaciones a futuro por culpa de un texto que no esté bien redactado.
Así también, un abogado podrá ayudarte a solventar cualquier tipo de duda sobre los distintos regímenes económicos que se puedan adoptar en el matrimonio, redactará el documento de manera que una cláusula no entre en confrontación con otra o sea contraria a la legislación vigente, así como podrá advertir y resolver cualquier tipo de duda que tengan las partes sobre la consecuencia de firmar según que clausulas concretas.
Un acuerdo prematrimonial ¿se pueden modificar? ¿se puede solicitar su nulidad?
Estos acuerdos se pueden modificar siempre y cuando exista voluntad entre ambas partes.
¿Y se puede solicitar su nulidad? También, pero habrá de examinarse siempre la causa por la que se solicita la nulidad y estar a unos plazos concretos, así no será lo mismo que se solicite por vulnerar la Ley que porque se pueda demostrar que hubo vicio en el consentimiento.
De igual forma, has de saber que en un acuerdo prematrimonial pueden establecerse no solo cuestiones patrimoniales, sino también cuestiones más personales que afecten a las relaciones con los menores, como pueda ser un régimen de guarda y custodia.
No obstante, en este supuesto, si bien lo establecido en el acuerdo prematrimonial (o matrimonial) se tendrá en cuenta en el procedimiento correspondiente, un Juez, en un procedimiento contencioso, siempre podrá modificarlo en atención al interés superior del menor, por entender que dicha medida puede perjudicar a los menores o que otras le puedan resultar más beneficiosas para su bienestar y desarrollo.
En cualquier caso, como siempre insistimos: consulta con un abogado previamente a firmar cualquier tipo de documento que pueda vincular tu voluntad para evitar problemas futuros.
0 comentarios