No son pocas las veces en que dos a más personas llegan aun acuerdo en un sentido y no obstante al plasmarse en un documento resulta que es algo total o parcialmente diferente. La suerte del contrato puede estar en juego en estos casos.
¿Es éste el contrato que quiero?
Lo primero a tener claro es la posición que se quiere tener en el contrato. Parece algo evidente pero no lo es, al menos en el terreno práctico. Si, por ejemplo, la idea es unir mis fuerzas en un plano de igualdad y del clausulado resulta lo contrario, seguramente ese contrato, o no se cumplirá adecuadamente o no servirá para atender los intereses de cada una de las partes. En cualquiera de los casos es una potencial fuente de conflictos.
Sentado lo anterior, todo firmante de un contrato debería seguir un proceso de verificación de tres pasos:
1. Fijar los puntos esenciales de acuerdo.
Partiendo de la base de que todo contrato tiene unas obligaciones básicas que lo caracterizan (por ejemplo, en la compraventa: el pago del precio a cambio de la entrega de un precio), se deben acordar aquellas otras que resulten vitales para cada contratante. Esas sin las cuales no firmaría el contrato. Puede ser cualquiera siempre que responsa a un interés justificado de quien lo propone y no desnaturaliza el contrato.
2. Proceder al redactado a partir de las bases acordadas.
Suele ser mas o menos habitual que el clausulado del contrato se aleje de la esencia de lo pactado por las partes, sobre todo cuando intervienen terceros en la redacción del documento. Circunstancia que se potencia cuanto mayor entidad económica tiene el acuerdo.
Si la confianza es esencial en las relaciones humanas más lo serán en las que se van a iniciar por la confluencia temporal de intereses de las partes de un contrato. No hay nada que la ayude a cimentarse mejor que el respetar lo acordado. De hecho, bien se podría decir que ser fiel a las bases acordadas es el primer acto de la relación contractual.
Lo anterior sin olvidar un factor temporal de relevancia: quien propone en primer lugar el borrador de contrato tiene mucho ganado ya que en adelante los añadidos, comentarios, valoraciones, etc. se harán sobre el modelo que escogió para ello.
3. Confirmar que el contenido del contrato tiene por objeto y por efecto el atender lo querido y pactado por las partes.
La distinción tiene su relevancia ya que el acuerdo puede aparentar una corrección con el interés de las partes, pero las consecuencias tanto de su cumplimiento como de su incumplimiento puede llevar a una posición diferente de la pretendida. En otras palabras, es clave corroborar que el documento final responde a todo lo que el contratante está dispuesto a asumir en la mayor parte de escenarios posibles.
En definitiva, un contrato, sea que implique un sólo acto o momento temporal (tracto único) o varios (tracto sucesivo), e independientemente de los diversos condicionantes a los que pueda verse sometido (legales, técnico, económicos, …), tiene que confluir con el interés y lo querido por los firmantes, sólo así habrá un cumplimiento natural y espontaneo y, mas importante aún, nadie se preguntará: ¿es éste el contrato que quiero?
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