No en pocas ocasiones los inventores y empresarios involucrados en proyectos de desarrollo de productos omiten documentos de utilidad para la concreción de estos. Muchas veces el entusiasmo o la inexperiencia impiden trabajar sobre una base estructurada de pasos que favorezcan los resultados queridos por todos.
Un esquema válido de trabajo y coordinación podría ser este:
Paso 1: Firma de un acuerdo de confidencialidad por las partes (NDA en terminología anglosajona) y transferencia de toda información relevante por parte del inventor que, a su vez, concede un plazo de estudio por el interesado.
Paso 2: Contando con la suficiencia de la información facilitada y la implicación del inventor, se procede a verificar la viabilidad técnica, comercial y jurídica del invento por medio de informes de expertos, prototipos virtuales, etc. o, mejor aún, con un prototipo físico a escala (en cuyo caso se suele pactar el reparto de costes).
Paso 3: Constatada la viabilidad del invento, se procede a la firma de cuantos contratos y otros documentos jurídicos sean necesarios para asegurar los intereses de todos los implicados en el proyecto. De entre ellos juega un rol fundamental el contrato de licencia de patente donde se añaden las cláusulas que abarcan aspectos centrales y prácticos de la relación que entablaran las partes tales como precio, forma de pago, garantías, ámbito geográfico, exclusividad, duración, propiedad intelectual, causas de resolución y procedimientos a seguir, mecanismos de solución de controversias, etc.
En todos o algunos de estos pasos se puede añadir el desembolso de cantidades de dinero u otro tipo de contraprestación para potenciar la confluencia de los intereses de los implicados.
Lo anterior no significa un proceso que deba seguirse tal cual se presenta, debiendo adaptarse al caso concreto. Lo relevante del protocolo es su configuración al plantear una vinculación incremental de las partes que van asumiendo mayor número de obligaciones según avanza el proceso y tienen más claras las implicaciones económicas y jurídicas de sus roles en éste.
No obstante la utilidad destacada, lo cierto es que en la práctica es habitual plantearse la firma de cualquier documento en un momento donde las partes identifican un hito esencial del proyecto (por ejemplo, la obtención de financiación o de socios estratégicos). Pero es precisamente ahí donde pueden surgir las primeras diferencias entre los participes al separarse el documento que formaliza este aspecto de lo que se venía entendiendo por cada uno. Además, esa refundación de la relación entre todos suele dejar al descubierto algún riesgo legal al que se ha expuesto involuntariamente al proyecto.
En definitiva, el avance ordenado y documentado de un proyecto es clave para sus posibilidades de desarrollo futuro, tanto en su esfera interna (relaciones entre partícipes) como externa (relaciones con terceros).
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